Derechos Humanos

Los muchos pendientes de México para pcd en situaciones de emergencia

Nuestro país está obligado, tras firmar la Convención, a hacer protocolos adaptados a cada estado y necesidades de diversas personas con discapacidades. También a capacitar a todo personal de protección civil e informar en formatos accesibles

Por Yo También

El lunes 19 de septiembre en diversos estados vivimos un sismo. Parte del país está en una zona sísmica -incluyendo la Ciudad de México-, pero hay otras zonas donde también ocurren emergencias ante desastres naturales (inundaciones, huracanes) o bien, emergencias humanitarias (como, por ejemplo, falta de albergues accesibles para migrantes o personas en situación de desplazamiento forzado por diversas razones) y hasta situaciones de conflicto armado.

Todo lo anterior son cosas que suelen pasar a todas las personas, pero aquellas con discapacidad, ni duda cabe, lo pasan peor. ¿Por qué? Por sus propias condiciones, sí, pero también por las barreras que aún existen en la sociedad para contemplarlos en estas situaciones y la falta de protocolos claros.


El Artículo 11 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD) habla precisamente de las obligaciones de los Estados que la han firmado. Es muy claro y lo copio. Es pequeño:

“Artículo 11. Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias. Los Estados Partes adoptarán, en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales”.

Si bien tras 1985 poco a poco se ha creado algo de cultura sobre qué hacer para garantizar la seguridad para personas con discapacidad, es innegable que falta mucho más. Esto es parte de las recomendaciones que el Mecanismo de seguimiento a cómo se implementa la CDPD dieron a México desde 2014 y que se repitieron en marzo de 2022, cuando se emitieron nuevas (casi las mismas) recomendaciones.

Los pendientes que aún señala la ONU


Este marzo de 2022, la ONU publicó las Observaciones que le hace al Estado Mexicano sobre sus informes segundo (con Enrique Peña Nieto) y tercero (ya con Andrés Manuel López Obrador) combinados. Es decir: los gobiernos y organismos autónomos mandaron reportes de cómo está implementando la Convención, un grupo de organizaciones de la sociedad civil enviaron también sus observaciones y tras una sesión de preguntas y respuestas, hicieron llegar estas “Observaciones” que al firmar la CDPD son -o deberían- ser obligatorias de cumplir.

¿Y qué dicen? ¿qué hay que hacer?
Están en las recomendaciones 31 y 32, que pueden consultar en esta versión en español que con una traducción profesional hicimos en Yo También:

“31. El Comité señala una falta de protocolos específicos para la evacuación de personas con discapacidad en situaciones de riesgo, emergencias humanitarias, y ante la presencia de desastres naturales.

“32. El Comité recomienda que el Estado:

Desarrolle protocolos específicos para la evacuación en situaciones de riesgo, emergencias humanitarias, y ante la presencia de desastres naturales, que se adapten a la situación específica de cada estado, y proporcionen información clara sobre la situación de las personas con discapacidad y sus necesidades específicas.

Diseñe y difunda, en formatos accesibles, como Braille, lengua de señas, lectura fácil y transcripción en audio y video, en todos los idiomas oficiales del Estado, incluyendo los de las comunidades indígenas, información sobre mecanismos oportunos de advertencia en caso de riesgo y emergencia humanitaria, protección de sistemas, redes de respuesta en caso de crisis institucionales o humanitarias, e identifique lugares adecuados de refugio y albergue accesibles para personas con discapacidad.


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